QUE ES LO QUE TENEMOS QUE TENER EN CONSIDERACION PARA INICIAR UN PROCEDIMIENTO DE LA LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD
La Ley de Segunda Oportunidad establece un mecanismo que permite a los autónomos y particulares reestructurar sus deudas y librarse de aquellas que resulten impagables.
El sistema es de tal relevancia que es preciso acudir a profesionales especializados para asesorarse, pero a modo resumen podemos adelantar las siguientes consideraciones:
La forma de funcionar inicialmente se enmarca en un sistema que tiene en consideración a los acreedores, evitando en la medida de lo posible que se utilice fraudulenta o abusivamente. Así, a la hora de acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad el insolvente deberá:
- Presentar un historial crediticio impecable. Es decir, que no podrán acogerse a este mecanismo quienes lo hayan hecho en los 10 años anteriores. Además, esta Ley exige que el deudor entregue la totalidad de su patrimonio. Es decir, no se trata de una amnistía incondicional, sino de un regreso a los inicios.
- Carecer de antecedentes penales respecto a delitos contra el orden socio económico. La Ley de Segunda Oportunidad no se puede aplicar a aquellos que hayan atentado contra los delitos económicos ajenos. De hecho, ni siquiera permite que el insolvente que vaya a realizar el procedimiento de segunda oportunidad haya podido ser objeto de un concurso culpable se acoja a ella.
- Intentar reestructurar su deuda, incluyendo el pago de créditos privilegiados y una proporción de los ordinarios.
Si quieres saber más sobre este o cualquier otro asunto, no dejes de consultarnos: PUNT.LEGAL S.L., Sabadell – Barcelona
Contacto telefónico: 671670909 y 639408641
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