Qué hacer ante el incumplimiento del régimen de visitas del menor?

 

Cuando nos encontremos ante el incumplimiento del régimen de visitas por parte del progenitor que no tiene la custodia, se deberá solicitar a través de mi abogado de que interponga una demanda de ejecución de sentencia para que el juzgado requiera al progenitor no custodio, para que cumpla con su obligación o manifieste los motivos por los que se niega a cumplir el régimen de visitas.

También se podrá solicitar que se le apremie con multas coercitivas mensuales. Es decir, una multa por cada mes que transcurra sin cumplir con su obligación, y estas multas podrán mantenerse todo el tiempo que sea necesario si así lo considera el Juzgado.

Es importante tener en cuenta que el incumplimiento reiterado de las obligaciones del régimen de visitas, tanto por parte del progenitor no guardador como guardador (cuando es este el que impide que el no custodio cumpla con su derecho), podrá dar lugar a la modificación por el Tribunal del régimen de guarda y visitas, pudiendo ser ello motivo suficiente para una modificación de medidas.

Hay una serie de aspectos que cabe tener en cuenta:

  1. Que primará siempre el interés del menor, que deberá ser oído en el incidente de ejecución, siempre que tenga edad para ello.
  2. Que en ningún caso podrá dejarse en manos del menor el desarrollo del régimen de visitas cuando sea el propio menor el que se niegue a su cumplimiento. Aunque esto posee matizaciones cuando nos encontramos en menores de entre 16 y los 18 años de edad.
  3. Que el régimen de visitas es un derecho, tanto del progenitor como del menor, y su incumplimiento no debe conllevar, en principio, la suspensión ni la extinción de las visitas, sino el requerimiento al progenitor incumplidor con apercibimiento de multas coercitivas, así lo establece el artículo 776 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  4. Que será más fácil que se produzca un cambio en el régimen de guarda y visitas cuando sea el progenitor custodio el que impida el cumplimiento del régimen de visitas o ponga en peligro la integridad del menor, que cuando el incumplimiento del régimen de visitas venga por parte del no custodio, por lo que hay que ir con mucho cuidado con esta limitación de derechos.

 

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